viernes, 17 de enero de 2014

Coches; ¿Se puede recurrir una foto de radar con dos coches juntos?

¿Es válida una multa basada en una fotografía [tomada por un radar móvil] en la que aparecen dos vehículos [el de la infracción más otro por delante] que circulan por el mismo carril y sentido y con una distancia entre ellos de tan solo 20 - 30 metros? ¿No podría haber afectado la velocidad del primer vehículo a la fiabilidad del radar o a la velocidad de mi coche? ¿Tiene algún sentido recurrir esta multa? Javier Torralba
La denuncia basada en un documento fotográfico en el que aparecen varios vehículos puede ser válida siempre que te acredite que el radar utilizado cumplía todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley de Metrología, y normativa de desarrollo, en relación con la utilización de los sistemas del control de la velocidad mediante cinemómetros.
¿Puedo conducir un coche español con carné de Andorra?
Hace medio año me pusieron una multa por exceso de velocidad en Madrid, pero al no aplicar el margen de error la multa llevaba acarreada la pérdida de puntos. Por eso la recurrí, pero me acaba de llegar la resolución en la que me dicen que la sanción es firme y me quitan los 2 puntos. Y con eso me quedo sin puntos en el carné. Tengo la posibilidad de hacerme con la residencia andorrana, así como con el carnet de conducir de allí. Y mi pregunta es ¿Puedo conducir en España un coche con matrícula española o solo si el coche lleva la placa de Andorra? Roberto González
Como no residente en España sí puede conducir un coche con matrícula española y también andorrana, siempre que tenga un permiso válido para conducir en España de acuerdo con el Art. 21 del Reglamento General de Circulación, que regula la validez de los permiso expedidos en terceros países.

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